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En Guatemala, Fegora emite Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) bajo el régimen FEL (Factura Electrónica en Línea) de la SAT (Superintendencia de Administración Tributaria). Un DTE guatemalteco sólo adquiere validez fiscal después de que un certificador autorizado por la SAT lo certifica y la SAT le asigna un número de autorización.

Certificador

La SAT no certifica documentos directamente para la mayoría de contribuyentes: exige que cada emisor acredite un certificador autorizado, una empresa habilitada por la SAT para firmar y transmitir DTE en su nombre. Ejemplos de certificadores autorizados con los que Fegora se integra son Digifact, Infile, Forcon y Megaprint, entre otros.
El certificador es una configuración de la cuenta emisora, no algo que el cliente de la API elija por solicitud. Fegora abstrae esa integración: usted envía el JSON del documento y Fegora se encarga de convertirlo al formato del certificador configurado, enviarlo, y devolverle el documento certificado (XML, PDF y número de autorización). No confunda el certificador con Fegora — Fegora es el intermediario entre su sistema y el certificador.
La SAT publica y mantiene el listado oficial de certificadores autorizados en su portal (https://portal.sat.gob.gt/portal/certificador-de-dte/). Si necesita cambiar el certificador de una cuenta, contacte a soporte de Fegora.

Tipos de documento

Fegora soporta actualmente los siguientes tipos de documento para emisores guatemaltecos, indicados en el campo tipo del cuerpo de POST /dte:
tipoDocumento SATUso típico
factura (por defecto)Factura (FACT)Venta general de bienes o servicios
facturaCambiariaFactura Cambiaria (FCAM)Venta a crédito con abonos pactados (abonosPactados[])
facturaEspecialFactura Especial (FESP)El emisor factura en nombre de un proveedor que se negó a emitir factura (Art. 52, Decreto 27-92)
facturaExportacion (o esExportacion: true)Factura de Exportación (FACA)Venta a un receptor en el extranjero
notaCreditoNota de Crédito (NCRE)Anula o reduce el efecto de una factura previa
notaDebitoNota de Débito (NDEB)Incrementa el efecto de una factura previa
notaAbonoNota de Abono (NABN)Registra abonos sobre una factura cambiaria
reciboRecibo (RECI)Cobros exentos de IVA que no son venta de bienes/servicios (por ejemplo, cuotas o colegiaturas)
reciboDonacionRecibo de Donación (RDON)Donaciones recibidas, exentas de IVA por ley
Guatemala no admite tipo: "ticket". Ese tipo es un concepto propio de El Salvador y República Dominicana. Si la cuenta emisora está configurada para Guatemala, una solicitud con tipo: "ticket" se rechaza con codigo: "FEG_BUSINESS_RULE_VIOLATION" y el mensaje El tipo de documento 'ticket' no es válido para Guatemala. Vea Manejo de errores.
El catálogo oficial de la SAT define 21 tipos de DTE, incluyendo variantes para pequeño contribuyente, contribuyente agropecuario y regímenes electrónicos especiales (por ejemplo FPEQ, FAGR, CIVA, CAIS) que hoy no están cubiertas por Fegora. Si su operación requiere alguno de estos regímenes, confirme con soporte de Fegora antes de integrar.
Vea el catálogo completo de tipos de documento (compartido entre países) en Tipos de documento.

Identificación del receptor

El campo receptor.id identifica fiscalmente al receptor. A diferencia de El Salvador, en Guatemala no se declara un tipo de identificación explícito: Fegora lo determina automáticamente a partir del valor de receptor.id y de receptor.direccion.pais.
CasoCómo se identificareceptor.id
Contribuyente guatemaltecoNITEl NIT del receptor, sin guiones
Consumidor FinalSe usa el literal "CF""CF"
Receptor extranjero (EXT)direccion.pais distinto de "GT", o cualquier documento de exportaciónPasaporte o identificador provisional del receptor
Persona individual con CUI (DPI)Un id de 13 dígitos dentro de GuatemalaEl CUI (DPI) de la persona
Toda factura de exportación marca automáticamente al receptor como extranjero (EXT), sin importar el país declarado en direccion.pais. Para receptores domésticos, envíe direccion.pais: "GT" (o simplemente omita el campo) — un país distinto marca al receptor como extranjero y la SAT rechaza un "CF" marcado como extranjero.

Impuestos

IVA

La tasa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Guatemala es 12%. Cada ítem que lleva IVA de forma explícita en items[].impuestos[] debe indicar codigoUnidadGravable (1 = gravado, 2 = exento) — un IVA explícito sin ese campo se rechaza con codigo: "FEG_VALIDATION_ERROR" y el mensaje El impuesto IVA explícito requiere codigoUnidadGravable. Si el documento completo está exento, use esExentoIva: true junto con motivoExencionIva (vea la sección siguiente).

Impuestos específicos de Guatemala

Además del IVA, la ley guatemalteca contempla impuestos adicionales que se declaran igual que cualquier otro impuesto de ítem, con nombreCorto igual al código correspondiente:
nombreCortoImpuestoTasaAplica sobreCuándo se usa
IDPImpuesto a la Distribución de PetróleoMonto fijo en quetzales por unidad, según el tipo de combustibleCantidad de unidades gravables (cantidadUnidadesGravables)Venta o distribución de combustibles y derivados del petróleo
ITHImpuesto de Hospedaje (turismo)10% (0% si está exento)Monto gravableServicios de hospedaje/turismo
TDPTimbre de Prensa0.5% (cinco al millar)Monto gravableAnuncios y publicaciones sujetos al timbre de prensa
IFBTasa por seguro contra incendio (“Bomberos” en el XML certificado)2%Monto gravablePrimas de seguro contra incendio
IDBImpuesto a Bebidas AlcohólicasEntre 6% y 8.5% según el tipo de bebidaCantidad de unidades gravablesVenta de cervezas, vinos, bebidas destiladas y similares
Si el ítem no incluye montoImpuesto, Fegora lo calcula automáticamente a la tasa general (IVA 12%, ITH 10%, IFB 2%, TDP 0.5%). Para IDP, el cálculo automático aplica una tasa plana del 2% sobre el monto gravable — no reproduce la tabla oficial de tarifas fijas por tipo de combustible que publica la SAT. Si su operación involucra distribución de combustibles, envíe montoImpuesto ya calculado según la tarifa oficial vigente para el tipo de combustible.

Exención de IVA: motivos y frases SAT

Cuando un documento está exento de IVA, se declara con esExentoIva: true y motivoExencionIva con uno de los códigos reconocidos por Fegora. Cada motivo corresponde a una frase tipo 4 del catálogo oficial de frases de la SAT (exención o no afectación al IVA); Fegora resuelve automáticamente el texto legal correspondiente y lo agrega al documento certificado.
Otras frases del catálogo SAT (retención de ISR, agente de retención de IVA, régimen de pequeño contribuyente, régimen agropecuario) no se declaran por el cliente: Fegora las deriva automáticamente de la afiliación fiscal registrada de la cuenta emisora.
Motivos de exención más comunes (el catálogo completo tiene 32 valores — vea Catálogos de referencia):
motivoExencionIvaFrase SATDescripciónNotas
LEY_IVA_ART7_NUM24-1Exportación de bienes o serviciosSe asigna automáticamente cuando esExportacion: true; requiere el complemento datosExportacion
LEY_IVA_ART7_NUM94-4DonacionesSe asigna automáticamente en reciboDonacion
DEC_29_894-11Régimen de Maquila (Decreto 29-89)
DEC_65_894-12Régimen de Zonas Francas (Decreto 65-89)
LEY_IVA_ART7_NUM154-9Medicamentos genéricos o alternativos
LEY_IVA_ART7_NUM124-13Primera venta de vivienda
LEY_IVA_ART8_NUM24-16Ventas realizadas por universidades autorizadas
LEY_IVA_ART554-10Venta de vehículos usados (2 años o más de antigüedad)
CONTRIBUYENTE_EXENTO4-18Contribuyente con resolución específica de exención de la SAT
SERVICIOS_NO_AFECTOS4-24Servicios fuera del hecho generador del IVA
FACT_ORIGEN_NO_INC_IVA4-22El documento original no incluía IVASe asigna automáticamente en notas de crédito/débito sobre un documento exento
LEY_IVA_ART7_NUM104-5Cuotas o membresías de asociaciones/colegiosSólo funciona con tipo: "recibo"
LEY_IVA_ART8_NUM14-8Matrículas y colegiaturas de centros educativosSólo funciona con tipo: "recibo"
Los motivos LEY_IVA_ART7_H_I y LEY_IVA_ART8 (movilidad eléctrica, Decreto 40-2022) están reservados para escenarios muy específicos que hoy no tienen soporte general en una factura común.

Campos específicos del país

Los campos propios de Guatemala viajan como cualquier otro campo del DTE — no requieren un bloque datosAdicionales especial salvo para casos particulares como el Recibo de Donación, que requiere declarar el tipo de personería jurídica del emisor (la entidad que recibe la donación) con el código numérico del catálogo de la SAT — por ejemplo, 719 corresponde a Asociación Civil:
{
  "tipo": "reciboDonacion",
  "moneda": "GTQ",
  "receptor": {
    "id": "CF",
    "nombre": "CONSUMIDOR FINAL"
  },
  "datosAdicionales": [
    { "nombre": "TIPO_PERSONERIA", "valor": "719" }
  ],
  "items": [
    {
      "descripcion": "Donación recibida",
      "precioUnitario": 500.00
    }
  ]
}
Ejemplo de un ítem con un impuesto específico de Guatemala (IDP, combustible). El catálogo oficial de la SAT identifica cada tipo de combustible con su propio codigoUnidadGravable (por ejemplo, 4 = Diésel, con una tarifa fija de Q1.30 por galón):
{
  "descripcion": "Venta de diésel",
  "cantidad": 100,
  "precioUnitario": 6.10,
  "impuestos": [
    {
      "nombreCorto": "IDP",
      "codigoUnidadGravable": "4",
      "cantidadUnidadesGravables": 100,
      "montoGravable": 610.00,
      "montoImpuesto": 130.00
    }
  ]
}
Para emitir en modo contingencia (vea Contingencia y verificación en línea), incluya el número de acceso a nivel raíz del documento:
{
  "tipo": "factura",
  "numeroAcceso": 123456,
  "receptor": { "id": "CF", "nombre": "CONSUMIDOR FINAL" },
  "items": [{ "descripcion": "Venta en contingencia", "precioUnitario": 100.00 }]
}

Reglas de validación específicas

Exportación a Consumidor Final por Q2,500 o más. Por el Acuerdo Gubernativo 12-2023, una factura de exportación (esExportacion: true) con receptor Consumidor Final (receptor.id: "CF") no puede tener un monto total mayor o igual a Q2,500 (o su equivalente en la moneda del documento). Fegora rechaza la solicitud antes de enviarla a la SAT con codigo: "FEG_VALIDATION_ERROR" y el mensaje Acuerdo gubernativo 12-2023: las exportaciones a Consumidor Final no pueden tener monto mayor o igual a Q2,500.
Exportación sin datos de exportación. Toda solicitud con tipo: "facturaExportacion" o esExportacion: true debe incluir el bloque datosExportacion. Si falta, se rechaza con codigo: "FEG_VALIDATION_ERROR" y el mensaje El DTE de exportacion requiere el campo datosExportacion.
El código postal (receptor.direccion.codigoPostal) debe tener exactamente 5 dígitos cuando el país del receptor es Guatemala.
Las notas de crédito y débito (notaCredito, notaDebito) requieren idDteOriginal (el id del documento al que hacen referencia) y motivoAjuste. Si falta alguno, la solicitud se rechaza con codigo: "FEG_VALIDATION_ERROR".
Estas reglas evitan un rechazo evidente antes de llegar a la SAT, pero no cubren todas las validaciones fiscales: la SAT y el certificador aplican verificaciones adicionales (por ejemplo, que la frase de exención declarada corresponda al escenario permitido) que sólo se detectan al certificar, y se devuelven como codigo: "FEG_DTE_CERTIFICATION_ERROR". Vea Errores de certificación.

Contingencia y verificación en línea

Cuando el enlace hacia el certificador o la SAT no está disponible, la ley guatemalteca permite emitir en modo contingencia: el emisor asigna un número de acceso provisional y lo declara en el campo numeroAcceso (numérico) a nivel raíz del documento. Fegora lo incluye en el XML certificado y lo devuelve en la respuesta.
La SAT ofrece un verificador público de documentos donde cualquier persona puede confirmar la autenticidad de un DTE guatemalteco a partir del NIT del emisor, la serie y el número del documento (o escaneando el código QR de su representación impresa): https://portal.sat.gob.gt/portal/verificador-integrado/.

Catálogos de referencia

  • Certificadores autorizados: listado oficial de la SAT en https://portal.sat.gob.gt/portal/certificador-de-dte/.
  • Catálogo de frases (incluye los motivos de exención de IVA y otras frases del régimen FEL): catálogo oficial CatalogoFrases publicado por la SAT.
  • Catálogo de unidades gravables: define, por cada impuesto (IVA, petróleo, turismo, bomberos, bebidas alcohólicas, etc.), las tasas y bases de cálculo vigentes.
  • Para la estructura general del documento, ítems y datos adicionales compartidos entre los tres países, vea Estructura del DTE, Impuestos y Datos adicionales.